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Novedades en 2020 para las empresas con oficina en Baleares

Desde el 1 de enero de 2020 las medianas y grandes empresas con presencia en Baleares estarán obligadas a calcular, verificar y registrar su Huella de Carbono en el Registro Balear, según la nueva Ley 10/2019. Te contamos todo en este artículo. 

Registro Insular Huella de Carbono

Con esta nueva Ley, el Gobierno Balear toma la iniciativa hacia una transición energética con modelos económicos más eficientes y con un nivel más bajo de emisiones de CO2. Esta ley, con origen en el acuerdo Acuerdo de París de 2015, forma parte de un plan de acciones en el que se busca la reducción de las emisiones actuales en un 40% para el año 2030 y en un 90% para el año 2050.

Para su consecución, el gobierno insular establece en esta ley múltiples medidas aplicables tanto a la propia administración (ayuntamientos, instalaciones portuarias, etc.) como a la empresa privada. Acciones que no sólo pretenden la reducción de las emisiones, sino la popularización y democratización del empleo de fuentes de energía renovables hasta llegar a un escenario en el que el 100% de la población pueda tener acceso a energías limpias en 2050.

En el bloque de medidas para la empresa privada, la principal acción pasa por analizar la situación de partida. Así, en su artículo 26, establece que las empresas grandes y medianas que cuenten con presencia en territorio Balear, estarán obligadas a calcular y verificar su Huella de Carbono por un organismo independiente. El resultado verificado de este cálculo deberán a su vez registrarlo en el Registro Balear de Huella de Carbono, junto con una redacción de las medidas que la empresa vaya a abordar para reducir sus emisiones y aumentar la absorción de CO2 atmosférico.

Las empresas que deberían dar respuesta a esta nueva obligación serían las empresas Medianas y Grandes según lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio.

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